domingo, 3 de octubre de 2010

EL CONCEPTO DE EDUCACION Y SUS FINES EN LA LEY GENERAL DE LA EDUCACION

EL CONCEPTO DE EDUCACION Y SUS FINES EN LA LEY GENERAL DE EDUCACION.



El ser educado o estar educado puede implicar distintos aspectos, tales como poseer el mínimo de habilidades necesarias para ocupar uno su lugar en la sociedad; buscar el conocimiento; proporcionar a los hombres y mujeres un entrenamiento que los capacitara para mantenerse a sí mismos; despertar interés y gusto por el conocimiento; hacer personas críticas y poner a los hombres y mujeres en contacto con los logros culturales y morales de la humanidad y enseñarles a apreciarlos.
La Ley General de Educación trata el concepto de educación: desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentar en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".
En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7° (Art. 2° párrafo tercero).
El concepto de educación se redondea con las características señaladas en los artículos 4° obligatoria, 5° laica y 6° gratuita. El artículo 8° nos habla sobre los criterios que orientarán la educación:



EL ARTÍCULO 10° RELATIVO A LA EDUCACIÓN COMO SERVICIO PÚBLICO-SEÑALA.

Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita al educando incorporarse a la sociedad y en su oportunidad, desarrollar una actividad productiva y que permita desarrollarse integralmente para la trabajar y estudiar.
Este párrafo postula dos objetivos importantes para el país y, obviamente, para el individuo y la familia: impartir educación apta para incorporar al individuo a la sociedad, es decir, haciéndolo útil de suerte que mejore la condición de vida o su calidad con el desarrollo -de una actividad productiva- y permitir eventualmente al trabajador estudiar.

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